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RECOMENDACIÓN A LOS EXPORTADORES DE SERVICIOS  

Como hemos intentado indicar en los apartados anteriores, tanto la realización como la regulación del comercio internacional de servicios son operaciones relativamente complejas para las que es difícil conseguir la seguridad jurídica a la que aspira un exportador y que existe en mucho mayor grado en el comercio de mercancías. Y para complicar más la cosa hay que ser conscientes de que ni en el marco multilateral ni en el bilateral o regional las listas de compromisos son la única fuente de derechos para el exportador. En muchísimos casos, tanto más frecuentes cuanto menor es el nivel de desarrollo del país de que se trate, el grado de apertura en un sector concreto es de hecho bastante mayor que el comprometido en el GATS y frecuentemente existe legislación nacional que ampara esa apertura y puede ser aducida en caso necesario por el exportador, sea o no firmante del GATS su país de origen. Esto es así porque, al igual que sucede en los acuerdos de mercancías, los compromisos en el GATS quedan consolidados y no pueden retirarse sin pasar por un proceso muy complicado de negociación compensatoria con todos los demás países que se consideren afectados. Por eso, muchos países optan por liberalizar autónomamente y mantener la posibilidad de restringir el acceso a los proveedores extranjeros cuando así les convenga.  En los acuerdos bilaterales el margen de liberalización autónoma se reduce mucho pero no deja de existir.   

Teniendo todo esto en cuenta, animamos a los sectores y empresas exportadores interesados en la futura ampliación de sus mercados a entrar en contacto con la Secretaría General de Comercio Exterior entre cuyas funciones está precisamente la de procurar que los intereses españoles se tengan en cuenta en las negociaciones de la UE con terceros países. En la Subdirección General de Comercio Internacional de Servicios dependiente de dicha Secretaría General (: 913 49 38 08, fax: 913 49 52 26, e-mail:sgcominser.sscc@mcx.es) existen funcionarios especializados en los diferentes sectores a los que pueden recurrir las personas o empresas interesadas en caso de necesitar ulteriores aclaraciones. Asimismo, a través de la red de Oficinas Económicas y Comerciales en el Exterior que mantiene la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio, la mencionada subdirección puede ayudar a los exportadores a determinar el grado de apertura autónomo y no comprometido en el GATS o en un acuerdo bilateral para un país y sector determinado.

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