SRI LANKA
La UE y Sri Lanka firmaron el
Acuerdo de Cooperación para la Colaboración y el Desarrollo el 18 de julio en Bruselas. Entre otros aspectos, este Acuerdo comprende el desarrollo y la diversificación del comercio y la inversión. El Acuerdo, en vigor desde el 1 de abril de 1995, tiene una duración de cinco años, renovables automáticamente salvo denuncia de las partes con seis meses de preaviso.
Sri Lanka es beneficiario del Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG) comunitario que permite el acceso al mercado comunitario en condiciones preferenciales a los productos provenientes de países en vías de desarrollo (PVDs).