KYRGUIZSTÁN
El marco jurídico básico de las relaciones comerciales entre la UE y Kyrguizstán se recoge en el Acuerdo de Colaboración y Cooperación (ACC) UE- Kyrguizstán formado por el propio Acuerdo, un Protocolo para la asistencia mutua en materia de aduanas y un Acta final). Dicho Acuerdo entró en vigor el 1 de julio de 1999.
El Protocolo adicionalpara la adaptación del ACC a la UE-25 entró en vigor de forma provisional el 1 de mayo de 2004.
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