16.Aplicación del Reglamento (CEE) 2251/92 relativo al control de calidad de las frutas y hortalizas frescas.
INDICE
Introducción.
1. Generalidades.
1.1. Ambito de aplicación.
1.1.1. Operaciones comerciales
1.1.2. Productos objeto de control y normas de calidad aplicables.
1.2. Organismos de control.
2. Método de control.
2.1. Control de conformidad.
2.1.1. Definición.
2.1.2. Muestreo del lote o partida.
2.1.3. Segunda inspección.
2.2. Control documental.
2.3. Control de identidad.
2.4. Lugar de control.
2.5. Lotes o partidas exentos del control
3. Procedimiento de control.
3.1. Expediciones a la Unión Europea.
3.1.1. Operadores exceptuados.
3.1.2. Operadores no exceptuados.
3.1.3. No conformidad en destino
3.2. Exportaciones a Países Terceros
3.3. Importaciones de Países Terceros
3.4. Operaciones comerciales especiales.
3.4.1. Productos M.C.I.
3.4.2. Productos destinados al uso industrial.
4. Registro Soivre de operadores e importadores.
4.1. Objeto.
4.2. Solicitud de inscripción.
4.3. Cambio de titularidad.
4.4. Cambio de datos en el Registro.
4.5. Baja en el Registro.
5. Operadores exceptuados.
5.1. Objetivos de la exceptuación.
5.2. Ambito de aplicación.
5.3. Requisitos necesarios para la exceptuación.
5.4. Operadores a exceptuar
5.5. Procedimiento de exceptuación.
5.5.1. Solicitud de exceptuación.
5.5.2. Concesión de la exceptuación.
5.5.3. Mecánica durante la exceptuación.
5.6. Concesión y prórroga de la exceptuación.
5.6.1. Concesión de la exceptuación
5.6.2. Prórroga de la exceptuación.
5.7. Supresión de la exceptuación.
5.8. Publicidad de la exceptuación.
5.9. Compromisos del operador exceptuado.
5.10. Cambio de titularidad de la exceptuación.
5.11. Desarrollo actual de la exceptuación.
ANEXO I. LEGISLACION
I.1. Reglamento (CEE) 2251/92 sobre controles de calidad de la frutas y hortalizas frescas.
I.2. O.M. del 24 de febrero de 1995, por la que se dictan normas de inspección y control para los Centros de Inspección de Comercio Exterior (SOIVRE).
I.3. O.M. del 18 de mayo de 1995, por la que se modifica la de 24 de febrero de 1995 por la que se dictan normas de inspección y control para los Centros de Inspección de comercio Exterior (SOIVRE).
ANEXO II. NORMAS DE CALIDAD.
II.1. Normas comunes de calidad.
II.2. Normas de calidad SOIVRE.
II.3. Comunicación de No conformidad entre Servicios oficiales de Estados Miembros.
II.4. Documento de importación SOIVRE (.D.I.S.).
ANEXO IV. REGISTRO SOIBRE DE OPERADORES E IMPORTADORES.
IV.1. Solicitud de exceptuación.
IV.2. Modelo de memoria por almacén de confección
IV.3. Modelo de informe de constatación.
IV.4. Compromiso para el autocontrol de la calidad de las frutas y hortalizas frescas.
IV.5. Resolución del autocontrol de calidad de frutas y hortalizas frescas.
IV.6. Certificado de exceptuación.
IV.7. Modelo de ficha de autocontrol.
IV.8. Modelo de registro de operaciones de autocontrol.
IV.9. Modelo de Declaración semanal de expediciones.
IV.10 Logotipo de operador exceptuado.
IV.11 Acta de comprobación de autocontrol de calidad de operadores exceptuados.