Gobierno de España. Ministerio de Industria, Turismo y Comercio Secretaría de Estado de Comercio
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PERIODOS DE REBAJAS 2009

LEGISLACIÓN ESTATAL:

    1. Las ventas en rebajas sólo podrán tener lugar como tales en dos temporadas anuales; una iniciada al principio de año; y la otra, en torno al período estival de vacaciones.
    2. La duración de cada período de rebajas será como mínimo de una semana y como máximo de dos meses, de acuerdo con la decisión de cada comerciante, dentro de las fechas concretas que fijarán las comunidades autónomas competentes

TEMPORADAS HABILITADAS PARA LA VENTA EN REBAJAS EN EL AÑO 2009