Registro especial de entidades y centrales de distribución de productos alimenticios perecederos
Información general
El Registro especial de entidades y centrales de distribución de productos alimenticios perecederos inscribe a todas las personas físicas o jurídicas que deseen desarrollar una comercialización que acerque los productos perecederos de origen a destino sin pasar por los mercados centrales, y cumplan determinadas condiciones y requisitos.
La inscripción en el registro es obligatoria a efectos de exclusión del deber de paso por los mercados centrales y lleva consigo que los ayuntamientos no puedan denegar por razones de mercado las licencias necesarias para la comercialización de los productos de que se trate. Asimismo, las empresas inscritas podrán solicitar la inspección sanitaria en origen de los productos que comercialicen.
Este registro fue creado en virtud del
(6 KB) artículo 17.1 del Decreto-ley 13/1975, de 17 de noviembre, y se encuentra regulado por el
(13,7 KB) Real Decreto 1882/1978, y por la
(14,7 KB) Orden del Ministerio de Comercio y Turismo de 22 de mayo de 1980.