LÍNEA ICO PARA LA INTERNACIONALIZACIÓN
¿Qué es la Línea ICO para la Internacionalización?
Se trata de una línea de crédito del Instituto de Crédito Oficial (ICO) que tiene por objeto apoyar la inversión de empresas españolas en el exterior mediante la concesión de préstamos.
La Línea está intermediada, de forma que las empresas, para acceder a esta financiación han de ponerse en contacto con las entidades de crédito privadas con las que el ICO haya acordado la intermediación de la Línea.
La Línea se renueva anualmente, de forma que en la actualidad está vigente la correspondiente a 2005. A continuación se desarrollan las características principales de la Línea ICO para la Internacionalización 2005.
¿Quiénes son sus potenciales beneficiarios?
La Línea ICO para la Internacionalización se divide en dos tramos.
Tramo I
Empresas españolas que cumplan los siguientes requisitos:
Hasta 250 trabajadores.
Volumen de negocio anual inferior a 40 millones de euros o balance general anual que no exceda de 27 millones de euros.
No participadas en un 25% o más, por empresa o conjunto de empresas, que no cumplan las condiciones anteriores, salvo que sean sociedades de participación pública, sociedades de capital riesgo o inversores institucionales, siempre que éstos no ejerzan, directa o indirectamente, control sobre la empresa.
Podrán acceder, asimismo a esta Línea, aquellas empresas residentes en el extranjero cuyo capital sea mayoritariamente español y cumplan las condiciones anteriores.
Tramo II
Empresas españolas que cumplan los siguientes requisitos:
Entre 250 y 500 trabajadores.
Volumen de negocio anual inferior a 50 millones de euros o balance general anual que no exceda de 40 millones de euros.
No participadas en un 33$ o más, por empresa o conjunto de empresas, que no cumplan las condiciones anteriores, salvo que éstas sean sociedades de participación pública, sociedades de capital riesgo o inversiones institucionales, siempre que éstos no ejerzan, directa o indirectamente, control sobre la empresa.
Empresas con menos de 250 trabajadores pero con volumen de negocio o balance anual ya pertenecientes al Tramo II.
Podrán acceder, asimismo a esta Línea, aquellas empresas residentes en el extranjero cuyo capital sea mayoritariamente español y cumplan las condiciones anteriores.
¿Qué límites se aplican a la financiación?
Financiación máxima: hasta el 80% del proyecto de inversión neto.
Importe máximo por beneficiario y año: 4,5 millones de euros.
¿Qué inversiones son financiables?
La Línea ICO para la Internacionalización puede financiar:
Proyectos de inversión en activos nuevos productivos, bien se trate de una empresa de nueva constitución o una empresa ya existente, siempre que se cumplan los requisitos siguientes:
Las partidas de activo inmobiliario no serán superiores al 80% sobre el total del proyecto.
Las partidas de activo inmaterial no serán superiores al 50% del total del proyecto.
Se admite hasta un 20% de activo circulante siempre que se encuentre ligado a la inversión.
Se financiarán los gastos de establecimiento definidos como tal en los grupos 200 y 201 del PGC.
La adquisición de empresas ya existentes que desarrollen la misma actividad de la empresa española en el país extranjero, así como la toma de participaciones significativas en las mismas, siempre que su finalidad sea la toma del control o la participación en la gestión de la misma con carácter permanente.
Se permiten inversiones iniciadas con anterioridad a 6 meses a contar desde la fecha de formalización de la operación.
Hay un plazo de ejecución de la inversión de hasta dos años a contar desde la fecha de formalización del préstamo. Excepcionalmente, y a criterio del ICO, este plazo podrá ser reducido o incrementado, teniendo en cuenta las características de la inversión financiada.
¿Cuáles son las condiciones financieras de los préstamos?
Periodo de amortización y carencia
El beneficiario podrá elegir entre:
Cinco años sin carencia o con un año de carencia
Siete años sin carencia o con dos años de carencia
Diez años sin carencia o con tres años de carencia
Tipo de interés a los beneficiarios
Tramo I
Variable: Euribor a 6 meses, según cotización quincenal comunicada por el ICO, más 0,40 puntos porcentuales. En este tramo existe una bonificación en el tipo de interés de 0,35 puntos porcentuales, sufragados por el Ministerio de Economía y Hacienda.
Tramo II
Variable: Euribor a 6 meses, según cotización quincenal comunicada por el ICO, más 0,75 puntos porcentuales.
Comisiones
Las entidades de crédito no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de comisiones.
Garantías
En esta Línea, el riesgo de crédito recae sobre las entidades de crédito que actúan de intermediarias de la Línea. Por tanto, cada entidad de crédito analiza la solicitud del préstamo y, en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión, determina las garantías a aportar.
¿Cómo acceder a esta financiación?
Las solicitudes de financiación con cargo a la Línea ICO para la Internacionalización se deben realizar ante las entidades intermediarias, esto es, ante los bancos y cajas de ahorro con los que el ICO haya alcanzado un acuerdo.
Un listado completo de estas entidades, así como información adicional sobre la Línea, puede encontrarse en www.ico.es > Líneas de financiación > Línea para la Internacionalización.